Compañeros, aquí les dejo una presentación sobre "Responsabilidad profesional y legal del odontólogo"; definiciones, cuando existe responsabilidad profesional y requisitos para que se cumpla. Además se mencionan las sanciones a las que estamos expuestos en caso de incurrir en una falta o delito.
Bibliografía:
Bernardo Perea Pérez, María Elena Labajo
González, Andrés Santiago Sáez, María Elena Albarrán Juan. Responsabilidad
profesional en odontología. RevEsp Med legal, 2013
Patricio Carrasco Tapia. Responsabilidad
legal profesional. Universidad de los Andes. Facultad de odontología. 2005.
Ley 9271. VI De las medidas
disciplinarias
Hola, en el slide de responsabilidad penal mencionas que puede depender de 3 factores, pero hay uno que no llegué a comprender y es el de "grado de especialización del profesional". ¿Se refiere a que un profesional especialista eventualmente tendría mayor responsabilidad que un dentista general? ¿Podrías explayarte más en ese punto?
ResponderEliminarSi dos profesionales de distinta instrucción cometen la misma falta a raíz de realizar el mismo procedimiento, la sentencia debiera ser la misma ya que se trata del mismo delito (ej: homicidio involuntario, lesiones graves, perjuicio moral, etc.), pero luego podemos sumar circunstancias atenuantes o agravantes que permitan modificar el castigo en consideración del perpetrador, por ejemplo, del grado de instrucción, ya que existen leyes que determinan el tipo de intervenciones que un profesional puede realizar según su campo de especialización. Actuar fuera de tu ámbito de tu especialidad no te hace más o menos responsable, sino más o menos culpable.
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